- Decisión
- PRIMERO. ADICIONAR la parte resolutiva de la sentencia proferida el 22 de febrero de 2010 por el Juzgado Cuarto de Familia de Armenia, Quindío, objeto de impugnación, así:
QUINTO. PREVENIR, por segunda vez, a la accionada para que en el futuro los medicamentos y tratamientos requeridos por el menor ALEJANDRO RODRÍGUEZ CASTILLO sean suministrados de manera inmediata, sin ningún tipo de obstáculos administrativos, y no vuelva a incurrir en actuaciones lesivas a los derechos fundamentales del menor accionante, so pena de desacato.
SEGUNDO. CONFIRMAR en lo demás la sentencia de primer grado.
TERCERO. Por el medio de comunicación más eficaz, la Secretaría de la Sala hará conocer lo resuelto en este fallo tanto al accionante como al ente accionado.