- Decisión
- PRIMERO: Se revocan los numerales Primero, Segundo, Cuarto y Quinto de la parte resolutiva de la sentencia expedida por el señor Juez Segundo Laboral del Circuito de esta ciudad, el diez y siete (17) de septiembre de dos mil nueve (2009), en este proceso ordinario que promueven los señores JOSÉ IGNACIO BARREIRO y MARIELA FLÓREZ DE BARREIRO contra las entidades denominadas COMPAÑÍA COLOMBIANA ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTÍA, S. A., COLFONDOS, S. A. y SEGUROS DE VIDA COLPATRIA, S. A., y en su lugar se absuelve a estas de las condenas que contienen.
SEGUNDO: Se modifica el numeral Tercero de la misma parte resolutiva en el sentido de determinar que por el resultado de esta decisión, se hace innecesario hacer referencia a las excepciones propuestas por dichas demandadas.
TERCERO: Se condena a los mismos demandantes a pagar, en beneficio de las citadas demandadas, las costas de la primera instancia. En esta no habrá lugar a tal condena.