- Decisión
- PRIMERO: Se confirman los numerales Primero y Tercero de la parte resolutiva de la sentencia expedida por la señora Jueza Primera Laboral del Circuito de Descongestión de esta ciudad, el treinta y uno (31) de octubre de dos mil ocho (2008), en este proceso ordinario que promueve la señora MÉLIDA NARANJO HENAO contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.
SEGUNDO: Se modifican los numerales Segundo y Cuarto de la misma parte resolutiva de tal sentencia, lo cuales quedarán así:
1.- Se reconoce a la citada demandante el derecho de reclamar la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS UN PESOS ($468.901) mensuales, suma igual a la diferencia existente entre la mesada reconocida por aquel en $1.920.278 y la que en realidad debió recibir, en cuantía de $2.389.179, desde el 2 de septiembre de 2004, y sin perjuicio de los incrementos legales a que hubiere lugar.
2.- Se condena al citado demandado a pagarle a la demandante también mencionada la suma de $468.901 mensuales, la que, luego de los reajustes de rigor, año por año, desde el 2 de septiembre de 2004, e indexada hasta el 30 de septiembre del año en curso, asciende a $39.967.351,34.
3.- Se condena al demandado a pagar las costas de la primera instancia, rebajadas en un 40%. En esta instancia no habrá lugar a tal condena.
Corregir el numeral segundo de la parte resolutiva de la sentencia proferida en esta instancia, la cual quedará así:
2.- Se condena al citado demandado a pagarle a la demandante también mencionada la suma de $468.901 mensuales, la que, luego de los reajustes de rigor, año por año, desde el 2 de septiembre de 2004, e indexada hasta el 30 de septiembre del año en curso, asciende a 43.048.234,32.
Corregir el numeral segundo de la parte resolutiva de la sentencia proferida en esta instancia, la cual quedará así:
2.- Se condena al citado demandado a pagarle a la demandante también mencionada la suma de $468.901 mensuales, la que, luego de los reajustes de rigor, año por año, desde el 2 de septiembre de 2004, e indexada hasta el 30 de septiembre del año en curso, asciende a 43.048.234,32.