- Decisión
- PRIMERO: REVOCAR LA SENTENCIA ABSOLUTORIA que a favor de GERMÁN RUBIO GALINDO Y NELSON STERLING PUERTA SOLANO, profiriera el Juez Primero Penal de Circuito de conocimiento de Armenia, en su lugar CONDENARLOS a una pena de prisión de doscientos cuatro (204) meses y multa de ochocientos cincuenta (850) salarios mínimos legales mensuales vigentes, al hallarlos responsables en calidad de coautores de los delitos de SECUESTRO SIMPLE, HURTO AGRAVADO Y TRÁFICO, FABRICACIÓN Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO DE DEFENSA PERSONAL; sanción que purgarán en el establecimiento penitenciario y carcelario que señale el INPEC y la multa se consignará en la cuenta No. 110-0050-00118-9 del Banco Popular a favor del consejo superior de la judicatura.
SEGUNDO: CONDENAR a los acusados RUBIO GALINDO Y PUERTA SOLANO, a la pena accesoria de inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual tiempo al de la pena principal.
TERCERO: No conceder ningún beneficio o subrogado a los condenados, por no tener derecho a ellos y de acuerdo con las razones expuestas en la motivación.
CUARTO: Para hacer efectiva la sanción impuesta se expedirá orden de captura en disfavor de los señores GERMÁN RUBIO GALINDO Y NELSON STERLING PUERTA SOLANO.
QUINTO: Dar aviso a las autoridades previstas en el artículo 166 de la ley 906 de 2004.