- Decisión
- PRIMERO. CONFIRMAR el fallo de tutela proferido el 26 de octubre de 2009, por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Armenia dentro de la acción de tutela iniciada por JAIRO VELÁSQUEZ HERNÁNDEZ contra el INSTITUTO SECCIONAL DE SALUD DEL QUINDÍO y la EPS-S CAPRECOM, con la anunciada aclaración del numeral TERCERO de la sentencia impugnada, el cual quedará del siguiente tenor:
“Se ordena a la EPS-S CAPRECOM disponer la práctica de las actividades, procedimientos, tratamientos, intervenciones, entrega de medicamentos, exámenes y hospitalización si fuere necesario, en los servicios POSS, que conduzcan a la atención integral del accionante, sin necesidad de nueva tutela. Se requiere al señor VELÁSQUEZ HERNÁNDEZ para que tenga informado al Despacho del cumplimiento de esta providencia”.