- Decisión
- PRIMERO. REVOCAR el numeral primero de la parte resolutiva de la sentencia calendada el 21 de abril de 2009, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Armenia, objeto de apelación, para disponer:
SIN LUGAR A DECLARAR LA EXISTENCIA DEL CONTRATO DE TRABAJO ALEGADO EN LA DEMANDA, POR NO HABERSE ACREDITADO LOS EXTREMOS TEMPORALES, en consecuencia, ABSOLVER AL DEMANDADO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PRETENSIONES FORMULADAS POR ACTIVA, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO. REVOCAR el numeral cuarto de la parte resolutiva de la sentencia objeto de alzada, absteniéndose de ordenar la expedición de copias, pues éstas solamente se expedirán a solicitud de los sujetos procesales.
TERCERO. CONFIRMAR en lo restante la sentencia impugnada.
CUARTO. SIN COSTAS en esta instancia, por no haberse causado.