- Decisión
- PRIMERO.MODIFICAR el numeral primero de la parte resolutiva de la sentencia calendada el 28 de mayo de 2009, proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Armenia, objeto de apelación, en el sentido de DECLARAR que entre ÁNGELA PATRICIA GÓMEZ BOTERO y el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES existió un contrato de trabajo que se mantuvo vigente entre el 20 de noviembre de 1996 y el 30 de junio de 2003.
SEGUNDO. MODIFICAR los numerales segundo y tercero de la parte resolutiva de la sentencia de primera instancia, en el sentido de, CONDENAR al INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES a pagar a favor de la señora ÁNGELA PATRICIA GÓMEZ BOTERO las siguientes sumas de dinero:
A)Por auxilio de cesantía, la suma indexada de CATORCE MILLONES QUINIENTOS VEINTIÚN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($14.521.966.oo).
B)Por compensación en dinero de vacaciones, la suma indexada de UN MILLÓN CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS M/CTE. ($1.049.780.oo).
C)Por prima de navidad, la suma indexada de TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE. ($3.136.156.oo).
TERCERO. REVOCAR el numeral cuarto de la parte resolutiva de la providencia impugnada y en su lugar ABSOLVER a la entidad demandada de la condena por reembolso de aportes a la seguridad social.
CUARTO. REVOCAR el numeral quinto de la parte resolutiva de la sentencia apelada, y en su lugar ABSOLVER al I.S.S. de la condena impuesta en primera instancia por concepto de indemnización por no afiliación a un fondo de cesantías.
QUINTO. CONFIRMAR en lo restante la sentencia objeto de alzada.
SEXTO. SIN COSTAS en esta instancia, por no haberse causado.