- Decisión
- PRIMERO: CONFIRMAR el auto proferido por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ARMENIA, QUINDÍO, el día 24 de febrero de 2009, dentro del proceso ejecutivo laboral iniciado por el señor MARTÍN SALAZAR CORTÉS en contra de la CORPORACIÓN DEPORTES QUINDÍO.
SEGUNDO: REVOCAR el ordinal PRIMERO del auto calendado el 6 de febrero de 2009, emitido por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE ARMENIA, QUINDÍO, y en su lugar, se dispone:
- DECLARAR parcialmente probada la objeción a la liquidación del crédito formulada por la parte ejecutada, pero únicamente en lo referente a que la suma correspondiente a la condena por cesantías, intereses, indemnización por no consignación de las cesantías y salarios insolutos que es de $22.653.309.48 pesos;
- CONFIRMAR el numeral segundo del aludido proveído de 6 de febrero de 2009.
TERCERO: SIN CONDENA EN COSTAS en esta instancia.