- Decisión
- PRIMERO. REVOCAR sentencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Armenia, el 12 de junio de 2009, objeto de impugnación. En su lugar se DISPONE:
1. CONCEDER la tutela impetrada por la señora MARTHA LUCIA AGUILAR HERRÁN, en representación de su hijo menor ANDRÉS FELIPE ARENAS AGUILAR, en contra de INSTITUTO SECCIONAL DE SALUD DEL QUINDÍO y la EPS-S ASMET SALUD, por violación a sus derechos fundamentales a la salud en conexidad con la vida en condiciones dignas, conforme a lo expuesto en la parte motiva de ésta providencia.
2. ORDENAR a la EPS-S. ASMET SALUD que cumpla con sus deberes de información y acompañamiento y con las obligaciones que legalmente le competen.
3. ORDENAR al INSTITUTO SECCIONAL DE SALUD DEL QUINDÍO para que en el término improrrogable de 48 horas contadas a partir de la notificación de este fallo, disponga el suministro del medicamento “RISPERIDONA GOTAS X 0.5 MG (TRACTAL)”, si aún no se le hubiere realizado, además, de los tratamientos, procedimientos, y demás actividades integrales que no se encuentren incluidas en el POS-S y que resulten complementarias a la patología referenciada.
4. En el caso que la EPS-S. ASMET SALUD haya realizado los procedimientos NO POS-S podrá repetir contra dicho Instituto por las sumas de dinero que legal y reglamentariamente no sean de su cargo.