- Decisión
- PRIMERO: Se revoca la decisión de primer grado calendada el veintidós (22) de enero de dos mil nueve (2009), proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de esta ciudad, y en su lugar se dispone:
1. Se abstiene de seguir adelante con la presente ejecución a favor de las señoras Adelina Barrera Suárez, Aída Silva Duque, Inés Pardo Salinas, Libia Edith Franco Moreno, Luz Mary Rodríguez Rueda, Maria Julieta Rincón Zuluaga, Martha Isabel Gaitan Hernández, Martha Liliana Londoño Fernández, Olga Beatriz Guillen García, Olga Lucia Gómez López, Stella Gallego Piedrahita, Ubeni Lotero Barreto, Zulma Arias Ospina, Luz Elena Velásquez García y Matilde Ruiz Tejada, conforme a lo expuesto en la parte motiva de éste providencia.
2. Se condena en costas de primera instancia a las anteriores personas mencionadas a favor de la parte ejecutada.
3. Se declaran no prosperas las excepciones de mérito propuestas por la parte ejecutada frente a la ejecución librada a favor de la señora Maria Irma Escobar Pineda.
4. Se ordena seguir adelante la ejecución librada respecto de la señora Maria Irma Escobar Pineda, aclarándose que los intereses causados serán los establecidos en el artículo 177 del Código de Contencioso Administrativo.