- Decisión
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia calendada el 5 de mayo de 2009, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Armenia, para en su lugar, CONCEDER la tutela impetrada por MARÍA LIBIA LÓPEZ DE ARREDONDO en contra del INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL PENSIONADO, por violación del derecho fundamental de PETICIÓN, por los motivos expuestos en la parte motiva de ésta providencia.
SEGUNDO. ORDENASE, por tanto, al INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL PENSIONADO, para que dentro del término de cinco (5) días, contados a partir de la notificación de este fallo, resuelva el fondo la petición, si aún no lo hubiere hecho, notificando en debida forma a la accionante.
TERCERO. DECLARAR IMPROCEDENTE la acción para ordenar el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez, conforme a lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.