- Decisión
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia calendada el 20 de octubre de 2008, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Armenia, objeto de apelación, y en su lugar, se DISPONE:
1. CONDENAR al INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES, a reconocer y pagar en favor de la señora LUZ STELLA MARTÍNEZ HURTADO, de notas civiles conocidas en autos, la pensión de jubilación por aportes, a partir del 2 de febrero de 2007, determinando también que las entidades de previsión del sector público para las cuales la demandante efectuó aportes, tienen la obligación de contribuirle al I.S.S. con la cuota parte correspondiente.
2. DECLARAR no probadas las excepciones de mérito denominadas “INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LEY POR PARTE DE LA DEMANDANTE PARA HACERSE ACREEDORA A LA PENSIÓN POR VEJEZ y COBRO DE LO NO DEBIDO”, propuestas por pasiva.