- Decisión
- 1.- MODIFICAR parcialmente el ordinal tercero de la parte resolutiva de la sentencia de 27 de abril de 2008, pronunciada por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN DE ARMENIA, QUINDÍO, el cual quedará así:
Tercero: CONDENAR a la demandada al pago de $6’306.129,29 por concepto de indemnización moratoria respecto al primer contrato de trabajo suscrito entre las partes, $3.540.000 por concepto de indemnización por despido injusto y al pago de los aportes a pensión en un Fondo elegido por el actor, por los períodos comprendidos desde el quince (15) de mayo de 2003 hasta el dos (02) de noviembre de 2003, con un salario de $369.500 y desde el once (11) de enero de 2005 hasta el catorce (14) de junio de 2005 con un salario de $600.000.
2.- CONFIRMAR en lo demás la sentencia de 27 de abril de 2008, pronunciada por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE DESCONGESTIÓN DE ARMENIA, QUINDÍO.