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Sentencia Penal — Tribunal Superior de Armenia

Radicado: 50 001 60 00000 2021 00137

Sala: Penal

Ponente: Dr. Jhon Jairo Cardona Castaño

Fecha: 2022-05-13

APELACIÓN/DESISTIMIENTO Se acepta el desistimiento de la impugnación, ya que el acusado y su defensor se encuentran legitimados para ello, por ser quienes promovieron el recurso, y porque aún no se ha decidido la apelación. FUENTES: art.179 F C.P.P, adicionado por art. 97 Ley 1395 de 2010 República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia Sala Penal Magistrado ponente: Jhon Jairo Cardona Castaño Armenia, Quindío seis (6) de mayo de dos mil veintidós (2022) Radicación 50 001 60 00000 2021 00137 Procesado: J.Y.P.A. Delito: Concierto para delinquir agravado Acta: 066 Lectura de Auto: trece de mayo de 2022 (2:30pm) Se pronuncia la Sala sobre el desistimiento del recurso de apelación expresado por el procesado J.Y.P.A.

FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN Con sentencia del 13 de septiembre de 2021, el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Armenia condenó al señor J.Y.P.A. a la pena principal de 48 meses de prisión, al haber avalado el preacuerdo suscrito entre él y Fiscalía General de la Nación, por el delito de Concierto para delinquir agravado. El señor defensor del procesado apeló el fallo y pidió conceder al sancionado la prisión domiciliaria como padre cabeza de familia.

Ante este Tribunal, mientras este asunto está en turno para resolver el recurso, el señor procesado allegó escrito en el cual manifiesta que desiste de la apelación interpuesta por su defensor. El señor defensor comunicó que coadyuva la manifestación hecha por el señor Poveda Amaya. El artículo 179 F del Código de Procedimiento Penal, adicionado por el canon 97 de la Ley 1395 de 2010, establece que “Podrá desistirse de los recursos antes de que el funcionario judicial los decida”.

En el caso que ocupa la atención de la Sala, para el momento en que se allegó el escrito de desistimiento, la actuación se encontraba en estudio del recurso de apelación formulado en contra de la decisión de primera instancia. De esta manera y de conformidad con el precepto transcrito, se aceptará el desistimiento de la impugnación, ya que el acusado y su defensor se encuentran legitimados para ello, por ser quienes promovieron el recurso, y porque aún no se ha decidido la apelación. DECISIÓN Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, Sala Penal, RESUELVE ACEPTAR el desistimiento del recurso de apelación presentado por el procesado J.Y.P.A., con la coadyuvancia de su defensor.

Esta decisión se notifica en estrados y contra ella procede el recurso de reposición que, de utilizarse, debe ser interpuesto y sustentado en esta audiencia. Los magistrados, JHON JAIRO CARDONA CASTAÑO HENRY NIÑO MÉNDEZ (El uso de permiso) JUAN CARLOS SOCHA MAZO