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Sentencia de Tutela — Tribunal Superior de Armenia

Radicado: 63.001.22.04.000.2017.00061.00

Sala: Penal

Ponente: Dra. Claudia Patricia Rey Ramirez

Fecha: 2017-09-15

Sujetos procesales: AMADEO LARA MARTÍNEZ Mayor General Oscar Atehortua Duque, Director de Sanidad de la Policía Nacional; Capitán Betsy Fernanda Vargas Padilla, Jefe del Área de Sanidad Quindío y Teniente Arturo Alejandro Lugo Matiz

DESACATO/Al consultarse la sanción impuesta la demandada acreditó el cumplimiento del fallo en lo que era materia de inconformidad. [pic] TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA SALA DE DECISIÓN PENAL ASUNTO: INCIDENTE DE DESACATO ACCIONANTE: AMADEO LARA MARTÍNEZ ACCIONADO: DIRECCIÓN DE SANIDAD DE LA POLICÍA NACIONAL ÁREA DE SANIDAD QUINDÍO RADICACIÓN: 63.001.22.04.000.2017.00061.00 Magistrada Ponente: CLAUDIA PATRICIA REY RAMÍREZ Aprobado: Acta No.136 Armenia, Quindío, septiembre quince (15) de dos mil diecisiete (2017) La Sala decide el incidente de desacato promovido por el señor AMADEO LARA MARTÍNEZ en contra de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional y el área de sanidad Quindío. 1.

HECHOS RELEVANTES Mediante sentencia del 30 de mayo del año en curso, esta Sala de Decisión tuteló los derechos fundamentales a la salud y vida en condiciones dignas del señor AMADEO LARA MARTÍNEZ, ordenando a los Directores de Sanidad de la Policía Nacional y la Jefe del Área de Sanidad Quindío la programación de consulta con oftalmología así como prestación de tratamiento integral para la patología catarata senil nuclear, sin embargo el tutelante informó que los obligados han omitido la prestación de varios servicios médicos, por tanto se dispuso requerirlos en varias oportunidades y, en esa medida, se ha brindado la atención médica prescrita por los galenos tratantes, siendo la última de ella conocida en el expediente, asignación de consulta médico con anestesiólogo y posterior procedimiento quirúrgico de “extracción extracapsular de cristalino más implante lio”, siendo ese el motivo que dio lugar a la apertura del incidente.

El 13 de septiembre el área de sanidad Quindío informó que de acuerdo a informe rendido por la representante legal de la Clínica Oftalmológica del Quindío, ese día se llevó a cabo la cirugía referida.

2. FUNDAMENTO DE LA DECISIÓN El Decreto 2591 de 1991 establece en su artículo 52 que el desacato es procedente cuando se presenta un incumplimiento a las órdenes impartidas por el Juez de tutela, por tanto como lo ha considerado la Corte Constitucional, la autoridad judicial debe verificar a quién estaba dirigido el mandato judicial, el término otorgado para ejecutarla, así como el alcance de la misma.

Además, como se trata de sanciones, para su imposición se requiere establecer la responsabilidad subjetiva de la persona que debe cumplir la orden de tutela. Al respecto, la Corte Constitucional ha sostenido: “( ) siempre será necesario demostrar que el incumplimiento de la orden fue producto de la existencia de responsabilidad subjetiva por parte del accionado, es decir, debe haber negligencia comprobada de la persona para el incumplimiento del fallo, quedando eliminada la presunción de la responsabilidad por el sólo hecho del incumplimiento.” [1] En este caso, se acató el numeral segundo del fallo proferido en este asunto, esto es, consulta con oftalmología y el numeral tercero en relación con el procedimiento médico prescrito a la fecha para tratar la patología de catarata senil nuclear.

Por tanto, la Sala se abstendrá de imponer sanción alguna a los servidores públicos obligados. Por lo expuesto el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, en Sala de Decisión Penal, RESUELVE ABSTENERSE DE IMPONER SANCIÓN en contra del Mayor General Oscar Atehortua Duque, Director de Sanidad de la Policía Nacional; Capitán Betsy Fernanda Vargas Padilla, Jefe del Área de Sanidad Quindío y Teniente Arturo Alejandro Lugo Matiz, encargado en la actualidad de esa dependencia, por las razones señaladas en la parte motiva de esta providencia. Contra esta decisión no proceden recursos.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Los Magistrados, CLAUDIA PATRICIA REY RAMÍREZ JHON JAIRO CARDONA CASTAÑO (En compensatorio) HENRY NIÑO MÉNDEZ ----------------------- [1] T-171/2009