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- ACCIÓN DE HABEAS CORPUS - Según lo establece el artículo 1 de la Ley 1095 de 2006, el Hábeas Corpus ampara el derecho a la libertad personal, cuando alguien es privado de ella (i) con violación de las garantías constitucionales o legales o (ii) ésta se prolonga ilegalmente / ACCIÓN DE HABEAS CORPUS - Se tiene entonces que la actual privación de la libertad del accionante es consecuencia de una orden judicial legalmente impartida por un Juez de control de garantías en el marco de un proceso penal que, en la actualidad, se encuentra surtiendo su curso normal / ACCIÓN DE HABEAS CORPUS - Considera la Sala que en el presente asunto se desconoce el carácter residual y subsidiario propio del mecanismo del Hábeas Corpus, pues de manera abierta el actor aspira a sustituir el trámite ordinario al interior del proceso penal, como lo es acudir ante el juez de control de garantías para que se resuelva lo pertinente en relación con la medida de aseguramiento vigente dentro del proceso penal 202614154 / ACCIÓN DE HABEAS CORPUS - No existen razones para considerar que respecto del señor JCEG se materializa una prolongación ilícita de su libertad, como quiera que la situación atribuida al establecimiento carcelario, obedece a la existencia de una medida de aseguramiento vigente dentro de un proceso distinto, lo cual no constituye una vulneración del derecho fundamental a la libertad y por tanto no habilita la procedencia de la acción elegida por el accionante / ACCIÓN DE HABEAS CORPUS - No se