- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- COAUTORÍA IMPROPIA - / TESTIMONIO ADJUNTO - Las declaraciones previas de las testigos rendidas por fuera del juicio oral y sin inmediación del juez, por regla general, no constituyen prueba autónoma en el sistema acusatorio, pues carecen de las garantías de contradicción y confrontación; su utilidad ordinaria es meramente instrumental para refrescar la memoria o impugnar la credibilidad del testigo. No obstante, de manera excepcional, dichas declaraciones pueden adquirir valor probatorio cuando se incorporan conforme a la ley y la jurisprudencia, especialmente bajo las figuras de la prueba de referencia por indisponibilidad del testigo o del testimonio adjunto, este último aplicable cuando el declarante comparece al juicio, pero incurre en retractaciones graves o contradicciones sustanciales. En tales eventos, la correcta incorporación de la declaración previa, sometida al debido proceso probatorio, permite al juzgador valorar conjuntamente ambas versiones y determinar su credibilidad, como ocurrió en el caso analizado, en el que la entrevista inicial del testigo fue legítimamente integrada como testimonio adjunto ante su retractación injustificada en juicio, decisión que se ajusta a los lineamientos normativos y jurisprudenciales vigentes. / TESIS: Implica lo anterior que, en la órbita de análisis de las versiones anteriores rendidas por los testigos por fuera de la audiencia del juicio oral y sin la presencia del Fallador Natural o de Conocimiento, como medio de prueba, esa