República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá Sala de Decisión Penal Bogotá D. C., quince (15) de diciembre de dos mil veintiuno (2021) Radicación: 110016000721201701547 01 Procedencia: Juzgado 11 Penal del Circuito Procesados: Manuel de Jesús Severino Delitos: Actos sexuales abusivos agravados Motivo: Trámite de casación Aprobado Acta: 166 Decisión: Declara desierto el recurso de casación Mag.
Ponente: José Joaquín Urbano Martínez I. Asunto La corporación declara desierto el recurso de casación presentado por la defensa. II. Actuación procesal relevante y consideraciones 1. El 25 de marzo de 2021 el Juzgado 11 Penal del Circuito de Bogotá condenó a Manuel de Jesús Severino como autor responsable de actos sexuales abusivos agravado por ser cometido en contra de un pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad, de acuerdo con los artículos 209 y 211.5 del CP.
La defensa apeló. 2. El 12 de agosto de 2021 la actuación fue asignada por reparto a esta sala de decisión. 3. El 14 de septiembre de 2021 el tribunal confirmó el fallo recurrido. La sentencia se leyó y notificó en estrados el día 23 siguiente. 110016000721201701547 01 Manuel de Jesús Severino 2 4. El 24 de septiembre de 2021 la secretaría de la Sala Penal corrió el término de ejecutoria de 5 días en el presente proceso.
Este culminó el 30 de septiembre de ese año a las 5.00 p. m. 5. El 29 de septiembre de 2021 la defensa interpuso el recurso extraordinario de casación. 6. El 1° de octubre de 2021, la secretaría de la sala penal empezó a correr el término de 30 días hábiles para sustentar el recurso extraordinario de casación, el cual venció el 16 de noviembre de igual anualidad. 7.
El 7 de diciembre de 2021 la secretaría de esta corporación informó que la defensa no presentó la demanda correspondiente dentro del término de 30 días consagrado en el artículo 183 del CPP. 8. Puestas, así las cosas, de conformidad con el inciso 2° del mencionado artículo, la sala declarará desierto el recurso extraordinario debido a que la defensa no presentó la demanda en el término establecido para ello. 10.
Finalmente, una vez en firme esta decisión, se ordenará que, de manera inmediata, se remita la actuación al juzgado de origen, con el fin de que este, a su vez, la envíe a los jueces de ejecución de penas. III. Decisión Por las consideraciones expuestas, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, Resuelve: Primero. Declarar desierto el recurso extraordinario de casación presentado por la defensa en contra de la sentencia de segunda instancia. 110016000721201701547 01 Manuel de Jesús Severino 3 Segundo. Remitir, una vez en firme la decisión, la actuación al juzgado de origen para que, de manera inmediata, este envié el proceso a los jueces de ejecución de penas.
En contra de esta determinación procede el recurso de reposición. Notifíquese y cúmplase Los magistrados, José Joaquín Urbano Martínez -Con ausencia justificada- Jairo José Agudelo Parra Juan Carlos Arias López Firmado Por: Jose Joaquin Urbano Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Penal Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 169ee7bc0620750beea4bd2d1a505d9487752b2582b0cdc12059a7eeb9b4a33d Documento generado en 15/12/2021 04:00:13 PM Valide este documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica