- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- ACCESO CARNAL ABUSIVO CON MENOR DE 14 AÑOS - / TESTIMONIO DE VÍCTIMA MENOR DE EDAD - / FECHA DE LOS HECHOS - La fecha exacta del delito no es elemento imprescindible en la definición de los hechos jurídicamente relevantes, siempre que de su presentación pueda establecerse la época de su ocurrencia / TESIS: En ese relato de la menor A.S.E.A., la Sala establece sin hesitación que ella vivió esos hechos y por tanto los pudo conocer en forma personal y directa, siendo esa la razón del por qué suministra la razón de la ciencia de su dicho, en tanto claramente a respondido al cuándo, dónde, cómo, porqué y quién la hizo objeto de aquel abuso sexual, esto es, por ofrecer capacidad demostrativa de lo ocurrido en el año 2012 y de su protagonista suficientemente conocido de ella, LAV, que la dirigió a sitio en solitario en donde la sometió a semejante vejamen; sin que tales expresiones muestren respuestas de mera satisfacción o complacencia por rencor o aversión arraigada y tenaz contra el señor LAV, quien por esas manifestaciones externas del hecho patentiza un acto consciente y voluntariamente dirigido al abuso. (…) Lo relevante en este asunto es también que la psicóloga DZA, máster en terapia psicológica; el médico psiquiatra AC, quienes reconocieron y dieron cuenta de la valoración practicada a la menor; el médico LFCA, quien reconoció el informe pericial que suscribió en relación con la valoración practicada a la menor; y la psicóloga especialista CZM que hizo un relato de la entre