- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- CAUSAL DE PRECLUSIÓN POR IMPOSIBILIDAD DE INICIAR O CONTINUAR EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL - La Corte Suprema de Justicia ha precisado que la causal de preclusión por “imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal” se refiere a supuestos fácticos que extinguen la acción penal, conforme a los artículos 77 de la Ley 906 de 2004 y 82 del Código Penal, tales como muerte del imputado, prescripción, principio de oportunidad, desistimiento, amnistía, oblación, caducidad de la querella, pago, indemnización integral o retractación. Estas causales son de naturaleza objetiva y no requieren valoraciones complejas En consecuencia, no procede la preclusión alegada por la defensa con base en el transcurso de 493 días desde el traslado del escrito de acusación, pues dicho lapso no configura causal objetiva de extinción de la acción penal ni habilita pronunciamiento anticipado del juez en fase de juzgamiento / PRECLUSIÓN POR VENCIMIENTO DE TÉRMINOS - No procede la preclusión ni la prescripción de la acción penal alegada por la defensa, porque el término de prescripción se interrumpió con el traslado del escrito de acusación (30 de enero de 2023) y comenzó a correr nuevamente por 45 meses, conforme al artículo 251 del Código Penal. Además, la causal excepcional del artículo 294 de la Ley 906 de 2004 no aplica, ya que no hubo omisión grave del órgano investigador. / TESIS: El representante judicial del señor AP, en fecha para la audiencia concentrada, el 5 de febrero d