- Decisión
- CONFIRMA
- Descriptores
- UNIÓN MARITAL DE HECHO - / UNIÓN MARITAL DE HECHO - / VALORACIÓN DE PRUEBA TESTIMONIAL - El exhaustivo examen realizado por la a quo, además de tener en cuenta el interés personal o familiar de cada testigo en el litigio, lo calibró con el respaldo que finalmente encontraban sus dichos con el conjunto probatorio, ejercicio que al ser repetido en esta instancia frente a los que fueron objeto de reparo y sustentación concreta en la alzada presentada, no revela mayor dislate en el juzgamiento de primer grado. / TESIS: El problema jurídico que se plantea para resolver el recurso de apelación, acorde con los reparos expuestos por la apelante, se centra en establecer si con la prueba recabada en el plenario la parte demandante logró acreditar los requisitos legales para la declaratoria de la unión marital de hecho que dice haber conformado con el difunto ESM, o en su defecto, si la a quo erró al efectuar dicho reconocimiento.(…) La inconformidad de la recurrente, es en realidad con el alcance y la valoración probatoria dada por la a quo a los medios suasorios, pues mientras para la juzgadora los mismos demostraron los presupuestos para la declaratoria de la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial derivada de la misma, la apelante plantea una serie de dudas, que en su parecer desdicen de la declaratoria efectuada, que en particular y por la sustentación de la alzada, queda decantado en este estadio procesal a los requisitos de “singularidad, permanencia y convivencia ininte