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- DERECHO A LA SEGURIDAD PERSONAL - / DERECHO A LA SEGURIDAD PERSONAL - cuando una persona se encuentra ante un riesgo extraordinario o extremo debe adoptarse las medidas de protección necesarias para salvaguardar sus derechos fundamentales / NIVEL DE RIESGO - La competencia para determinar el nivel de riesgo al que está expuesta una persona y las medidas necesarias para protegerla está en cabeza de la Unidad Nacional de Protección. / TESIS: En suma, la seguridad personal es un derecho fundamental que debe ser garantizado y preservado por el Estado, de manera que cuando una persona se encuentra ante un riesgo extraordinario o extremo debe adoptar las medidas de protección necesarias para salvaguardar sus derechos fundamentales. En concordancia con estos deberes, las autoridades tienen una serie de obligaciones relacionadas con la debida diligencia respecto de la valoración y determinación de las amenazas. Su incumplimiento también conduce a la vulneración de este derecho. Estos deberes también están referidos a la adopción oportuna de las medidas de protección adecuadas. En casos de vulneración de las distintas obligaciones estatales referidas a la seguridad personal, la Corte Constitucional ha ordenado que se adelante una nueva evaluación de riesgo.4 Ahora bien, es importante poner en conocimiento que la Corte Constitucional, en sentencia T-239 de 2021, dejó claro que la competencia para determinar el nivel de riesgo al que está expuesta una persona y las medidas necesarias pa