- Decisión
- DECLARA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO
- Descriptores
- ANONIMIZACIÓN DE DATOS EN SISTEMA DE CONSULTA DE LA RAMA JUDICIAL - / HECHO SUPERADO - Se cumplió con la orden de ocultamiento de información del peticionario en la página de la Rama Judicial Siglo XXI. / TESIS: Ahora, revisada la pretensión que se planteó en la petición, esto es, que se realice la anonimización en la página de la Rama Judicial Siglo XXI sobre los radicados CUI #19001310400220108015400, 1900131070022010815400 y 19450610736020108015400, como quiera que las anotaciones públicas ya perdieron su fin público; vemos que las respuestas en mención se ocuparon de atender los pedimentos expuestos, pues se procedió a ordenar la anonimización u ocultamiento del proceso en referencia, cada radicado en su correspondiente autoridad judicial, a través de la página web de la Rama Judicial. A la par, se observa que, mediante constancia de ocultamiento de datos, suscrita por el señor EAM secretario del Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados Penales del Circuito Especializados, se le da recibo y cumplimiento a la orden de ocultamiento emitida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Popayán, quedando en consecuencia deshabilitada la consulta por la página web sobre el asunto 194506107360201080154008. Al tiempo este Despacho ha procedido con la consulta del proceso bajo los radicados 19001310400220108015400 y 1900131070022010815400, o con el nombre y apellido del accionante, teniendo que tales anotaciones ya no reposan para consulta pública9. Bajo e