- Decisión
- DECLARA NULIDAD
- Descriptores
- INCIDENTE DE DESACATO - / NULIDAD - La autoridad inicialmente requerida ya no pertenece a la entidad y el nuevo representante legal para asuntos judiciales y de tutela, no fue debidamente vinculado al trámite. En virtud de lo anterior, y con el fin de salvaguardar los derechos fundamentales al debido proceso y defensa, se hace imperativo declarar la nulidad del trámite de desacato, para que el despacho de conocimiento proceda a rehacer la actuación procesal / TESIS: De otra parte, el 11 de marzo de 2025 llegó al Despacho de la Magistrada Ponente un mensaje de datos con el asunto CIRCULAR INFORMATIVA REPRESENTANTE LEGAL PARA ACCIONES DE TUTELA NUEVA EPS, desde el correo MCMA magda.maca@nuevaeps.com.co que también fue enviado el viernes 7 de marzo de 2025 2:57 p. m. al correo del Juzgado 01 Laboral Circuito - Cauca - Puerto Tejada jlabptotej@cendoj.ramajudicial.gov.co. Y el 14 de marzo de 2025 llegó a este Despacho otro mensaje de datos con el asunto “Representante Legal para Asuntos Judiciales de Tutela Nueva EPS”, informando que:“2. Con la intervención administrativa se implementó la figura de Representante Legal para Asuntos Judiciales y de Tutela, a cargo del Dr. LFBJ identificado con C.C. No. 000000y T. P. No. 000000 del C. S. de la J., el cual dentro de sus funciones tiene la responsabilidad de: … e) Asumir la representación legal de las acciones constitucionales de tutelas para gestionar y dar cumplimiento a las sentencias e incidentes de desacato, sanciones en cumplimie