- Decisión
- DECLARA NULIDAD
- Descriptores
- INCIDENTE DE DESACATO - / NULIDAD - / TESIS: En el caso bajo estudio, conviene recordar que el Juez en la sentencia le ordenó a la accionada la entrega de los medicamentos denominados LEVETIRACETAM 500 MG, (1-1-1) +CLOBAZAM 10MG (1-0-1) en las cantidades y por el tiempo ordenado por el médico tratante y el tratamiento integral. Ahora bien, la parte actora manifestó su inconformidad por la omisión de la accionada en dar cumplimiento a la orden judicial y anexa la orden para el medicamento CLOBAZAN 10 gr 60 tabletas 1 cada 12 horas en el formato establecido para medicamentos de control especial de la Secretaría de Salud del Departamento del Cauca9. Conforme se detalló en el punto “2. Trámite de primera instancia”, se observa que se tramitó el presente incidente de desacato en contra del gerente zonal Cauca de la Nueva EPS S.A., sin embargo, el auto proferido el 06 de marzo de 2025 en que se impuso la sanción de arresto y multa al citado funcionario no fue notificado. Así las cosas y como la Corte Constitucional10 ha señalado que el trámite de incidente de desacato es un reflejo del poder sancionatorio del Juez y dado que a través de este trámite se compromete la libertad de una persona, es imperativo no solo su individualización sino su notificación, para efectos de que la persona afectada con la orden judicial la conozca y proceda de conformidad; y a fin de no vulnerar su derecho al debido proceso (defensa y contradicción). Motivo por el cual, se declarará la nulidad de lo act