REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Primera Civil de Decisión Magistrado sustanciador: Marco Antonio Álvarez Gómez Bogotá, D.C., trece (13) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Se resuelve la solicitud de tutela de Gabriel Eduardo Bastidas Monsalve contra el Juzgado 49 Civil del Circuito de la ciudad1 ANTECEDENTES 1.
El señor Bastidas pidió proteger sus derechos al mínimo vital, dignidad humana, acceder a la justicia y debido proceso, vulnerados por el juez accionado en el pleito ejecutivo que promovió contra Luis Alejandro Sarmiento Suárez (exp. 2009-678), toda vez que no se ha pronunciado sobre la entrega de títulos que requirió el 7 de octubre de 2024. 2.
El juez adujo que el 6 de mayo emitió la decisión extrañada. Los demás intervinientes guardaron silencio. CONSIDERACIONES Para negar la tutela basta señalar que su propósito cayó en el vacío, por sustracción de materia, pues si la pretensión del accionante apuntaba a que el juez resolviera la solicitud de entrega de depósitos judiciales2, al haberlo hecho ya, como lo revela el auto del día 6 de este mes3, necio resultaría cualquier pronunciamiento estimatorio.
Con todo, se requerirá al juzgado para que, en firme su auto, haga efectiva la orden que emitió. Memórese que si la tutela fue diseñada para proteger los derechos fundamentales vulnerados o amenazados por la acción u omisión de una autoridad (C. Pol., art. 86), es claro 1 Discutido y aprobado en sesión de 12 de mayo. 2 PrimeraInstancia, C004EjecutivoCostas, 001Principal, pdf. 028SolicitudEntregaTitulos, 029CorreoSolicitudEntregaTitulos, 030CorreoAllegaSolicitudEntregaDinero, 031CorreoSolicitudEntregaDineros 3 PrimeraInstancia, C004EjecutivoCostas, 001Principal, pdf. 039AutoTerminaProceso, registro en Siglo XXI: https://consultaprocesos.ramajudicial.gov.co/Procesos/NumeroRadicacion, lista estado: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/document_library/get_file?uuid=e7c285fc- 0e0e-6940-7736-32658998be52&groupId=6098902, publicado en: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/document_library/get_file?uuid=f69f2764- 1ede-ddba-9b75-e9535e93e236&groupId=6098902 República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil Exp. 000202501100 00 2 que su prosperidad está condicionada a que, al momento del fallo, subsistan los motivos que dieron lugar a ella, razón por la cual si desaparecen por haber cesado la conducta o superado la omisión, la orden de tutela caerá “en el vacío por sustracción de materia”4.
DECISIÓN Por lo expuesto, el Tribunal Superior de Bogotá, en Sala Primera Civil de Decisión, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la ley, deniega el amparo solicitado por Gabriel Eduardo Bastidas Monsalve, pero requiere al juez y a su secretaría en el sentido expresado en las motivaciones de este fallo.
Si la sentencia no se impugna, remítase a la Corte Constitucional.
NOTIFÍQUESE, Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Ricardo Acosta Buitrago 4 Corte Constitucional, Sentencia T-033 de 1994. República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil Exp. 000202501100 00 3 Magistrado Sala Civil Despacho 015 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: abfd5236873873a1eb092c8de1afb0e7e101560f3d4a0bcede070b4947a045f5 Documento generado en 13/05/2025 12:25:28 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica