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- EXISTENCIA DE DOS ACTOS DE COMUNICACIÓN DE CARGOS - En el segundo evento se efectuó una modificación sobre la calificación jurídica, pasando del delito de lesiones personales inicialmente imputado al delito de homicidio / TÉRMINO DE PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL - Aunque la Fiscalía argumenta que los hechos jurídicamente relevantes no cambiaron, se concluye que sí hubo un nuevo hecho fáctico que no se había comunicado anteriormente, lo cual justificó la recalificación del delito a homicidio en grado de tentativa. Por ello, se considera que la segunda imputación fue un nuevo acto de comunicación de cargos, y es a partir de esa fecha que debe contarse el término de prescripción. / TESIS: Con ese norte, se dirá que en el caso se presenta una problemática derivada de la existencia de dos actos de comunicación de cargos, el primero, que tuvo lugar los días 12 y 13 de marzo de 2015, y el segundo, el 6 de mayo de 2015, siendo que, mientras la primera instancia, a efectos de determinar la prescripción de la acción penal frente al delito de homicidio agravado en grado de tentativa resolvió partir de la fecha en la que se comunicó a los procesados dicho cargo, la titular de la acción penal persigue que se parta del primer acto, alegando que, aunque en el segundo evento se efectuó una modificación sobre la calificación jurídica, pasando del delito lesiones personales inicialmente imputado al delito de homicidio, los hechos jurídicos se mantuvieron incólumes, siendo el primer acto en q