- Decisión
- ADICIONA AUTO CONSULTADO
- Descriptores
- SANCIÓN POR DESACATO - Se verificó el incumplimiento de la orden de tutela / ARRESTO - En caso de que los responsables no asuman de forma voluntaria el cumplimiento de la sanción, se ordenará su conducción ante las autoridades correspondientes; finalmente, ante la eventualidad de que las anteriores medidas no surtan los efectos que se espera, se girará la correspondiente orden de captura en su contra / TESIS: Por lo anterior, al encontrarse el auto de sanción ajustado a derecho, se procederá a su confirmación, no obstante, habrá lugar a una adición, a efectos de que previa a su materialización, se agote el siguiente procedimiento: una vez notificada la decisión, ha de concederse a los sancionados un plazo de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS para que corroboren ante el Despacho sancionador el cumplimiento de la orden de tutela impartida en el asunto; vencido el cual sin que ello se verifique, debe instarse a los funcionarios sancionados para que de manera voluntaria acaten la medida de arresto impuesta; en caso de que los responsables no asuman de forma voluntaria el cumplimiento de la sanción, se ordenará su conducción ante las autoridades correspondientes para sea trasladado al lugar en el que deba pagar la sanción de arresto; finalmente, ante la eventualidad de que las anteriores medidas no surtan los efectos que se espera, se girará la correspondiente orden de captura en su contra. Fuente Formal : 1. Artículos 27 y 52 del Decreto 2591 de 1991. Titulación Tema Descargar