- Decisión
- DECLARA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO
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- DERECHO DE PETICIÓN - / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO - Revisada la pretensión que se planteó en la acción de amparo, consistente en que se remitiera el asunto del accionante y se asigne Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en Popayán, en razón a que el condenado se encuentra cumpliendo su pena en el Centro Penitenciario de esa localidad, vemos que la actuación que antecede se ocupó de atender el pedimento expuesto, como quiera que se remitió efectivamente el proceso de la referencia por competencia y fue debidamente determinada la vigilancia del mismo / TESIS: En efecto, revisados los anexos allegados por el Juzgado accionado, se tiene que el 19 de marzo de 2025 la autoridad judicial dispuso remitir el proceso del condenado con destino al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Popayán (C) para que se efectué el reparto del asunto, teniendo acta de reparto de la misma fecha con asignación al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas de esta urbe. Ahora, revisada la pretensión que se planteó en la acción de amparo, consistente en que se remitiera el asunto del accionante y se asigne Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad en Popayán, en razón a que el condenado se encuentra cumpliendo su pena en el Centro Penitenciario de esa localidad, vemos que la actuación que antecede se ocupó de atender el pedimento expuesto, como quiera que se remitió efectivamente el proceso de la refere