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- JUS VARIANDI - / MODIFICACIÓN UNILATERAL - / LÍMITES - / DERECHOS DEL TRABAJADOR - El jus variandi permite al empleador modificar unilateralmente ciertas condiciones laborales, siempre que estas modificaciones sean justificadas, no arbitrarias y respeten los derechos fundamentales del trabajador. / TESIS: En las relaciones de trabajo, las condiciones laborales son flexibles y pueden ser modificadas unilateralmente por el empleador. Sin embargo, este ejercicio no puede ser arbitrario ni caprichoso. La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha señalado que el derecho de variación, o jus variandi, permite al empleador modificar unilateralmente las condiciones iniciales del contrato de trabajo (modo, lugar o tiempo de ejecución), siempre que obedezca a razones válidas y objetivas. Este derecho no requiere el consentimiento previo del trabajador, pero debe respetar el honor, la dignidad, la seguridad y los derechos mínimos del trabajador. Las modificaciones no deben afectar sustancialmente las condiciones esenciales del vínculo laboral ni vulnerar los derechos del empleado. Fuente Formal : 1. Art. 64 CST, Sentencias SL3901-2021 y SL5373-2021. Titulación Tema Descargar