- Decisión
- AC-0165-2024
- Descriptores
- CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA - / TÉRMINO DE TRASLADO - / ACCESO AL EXPEDIENTE - / TÉRMINO DE TRASLADO - Su cómputo inicia a partir de la notificación del auto admisorio o el mandamiento de pago / TESIS: … el cómputo del plazo pende del efectivo conocimiento de la demanda y anexos por la demandada; en efecto, razona la alta Corporación (2022)[footnoteRef:2]: … (ii) Tan pronto se surta la notificación del auto admisorio de la demanda o el mandamiento de pago, bien sea por la senda indicada previamente, o por las que prevén los artículos 291, 292 o 301 del Código General del Proceso, iniciará el cómputo del término de traslado de la demanda, a condición de que la persona notificada haya tenido acceso efectivo a la demanda y sus anexos. (iii) En caso contrario (…), podrá solicitar al juzgado «la entrega, en medio físico o como mensaje de datos, de copia de la demanda y sus anexos», en los términos del canon 91 del Código General del Proceso… [2: CSJ. STC-10689-202, STC8125-2022] Titulación Tema Descargar