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- ACCIÓN DE TUTELA - / DICTAMEN DE PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL Y OCUPACIONAL - / PLAZOS PARA SU EMISIÓN - / DICTAMEN DE PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL - Concepto. / TESIS: … la Corte Constitucional ha reconocido que la calificación de pérdida de capacidad laboral constituye “un derecho que tiene toda persona, el cual cobra gran importancia al ser el medio para la realización efectiva de otras garantías fundamentales como la salud, la seguridad social y el mínimo vital”[footnoteRef:1]. Por ello, ha subrayado que las dilaciones injustificadas en el trámite de calificación vulneran la garantía constitucional del debido proceso, consagrada en el artículo 29 de la Constitución, el cual establece que"el debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas". [1: Sentencias T-697 de 2014 y T-427 de 2018] PLAZO PARA EMITIR DICTAMEN DE PCLO - cuatro meses. / TESIS: … el artículo 41 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 142 del Decreto 19 de 2021, establece que son responsables de determinar, en primera oportunidad, la pérdida de capacidad laboral, el grado de invalidez y el origen de las contingencias: la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), las compañías de seguros que asumen el riesgo de invalidez y muerte, y las Entidades Promotoras de Salud (EPS). En cuanto a los términos aplicables en primera oportunidad, la normativa mencionada regula únicamente los plazos para impugnar,