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- REGISTRO Y ALLANAMIENTO - / SOLICITUDES PROBATORIAS - Quien solicita la prueba en audiencia preparatoria debe exponer el cumplimiento de los requisitos de pertinencia, racionalidad, utilidad y conducencia sobre el elemento o evidencia que pretende introducir en el juicio / TESIS: Entonces, mírese cómo el ordenamiento jurídico le exige a quien solicita la prueba en la audiencia preparatoria, que realice y exponga un ejercicio intelectivo de las exigencias de pertinencia, racionalidad, utilidad y conducencia sobre el elemento o evidencia que pretende introducir en el juicio. Este ejercicio o carga procesal de la parte, de ninguna manera puede ser soslayado por quien pretende llevar pruebas al debate adversarial, pues a través de él, entre otros aspectos, se focaliza el derecho de contradicción y se le dan pautas claves al administrador de justicia sobre los hechos y cómo se evidenciarán. Las solicitudes probatorias y su fundamentación de admisibilidad, no puede ser desempeñada por la parte de manera improvisada y como si estuviera satisfaciendo una mera formalidad, pues como se vio, es un segmento procesal de relevancia dentro del sistema penal acusatorio. Ahora, el órgano codificador normativo, dispuso legalmente que las partes e intervinientes podrán solicitar, según su legitimación en la causa, que determinado medio suasorio sea “inadmitido”, “rechazado” o “excluido”. Se aplicará aquel efecto, tratándose de pruebas impertinentes, inconducentes, inútiles, irracionales o cuand