- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- DERECHO DE PETICIÓN - / A PARTICULARES - / TRÁMITE SIMILAR AL DE LAS AUTORIDADES - / ACCIÓN DE TUTELA - / LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA - / POR ACTIVA Y POR PASIVA - / DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN - / CARÁCTER FUNDAMENTAL - / SUJETOS OBLIGADOS - / TESIS: … los artículos 32 y 33 de la Ley 1755 de 2015 disponen el derecho de petición dirigido a particulares, siendo estos los cuales enmarca la legitimación e interés como cierto requisito para su impetración, de tal suerte que: "Toda persona podrá ejercer el derecho de petición para garantizar sus derechos fundamentales ante organizaciones privadas, con o sin personería jurídica… ". En consecuencia, la Ley 1755 de 2015 estipula que las peticiones presentadas ante particulares se someten a las mismas reglas generales que aquellas dirigidas a las autoridades… TESIS: En cuanto a la legitimación en la causa por activa, es importante traer a colación lo expuesto por el Decreto 2591 de 1991…: (…) Artículo 5º…: La acción de tutela procede contra toda acción u omisión de las autoridades públicas, que haya violado, viole o amenace violar cualquiera de los derechos de que trata el artículo 2° de esta ley También procede contra acciones u omisiones de particulares…”. la legitimación pasiva en la acción de tutela hace referencia a la aptitud legal de la persona contra quien se dirige la acción, de ser efectivamente la llamada a responder por la vulneración o amenaza del derecho fundamental. El artículo 86 de la Constitución establece que la