- Decisión
- CONFIRMA DENEGACIÓN DE PLECLUSIÓN
- Descriptores
- PRECLUSIÓN DE INVESTIGACIÓN - / IMPOSIBILIDAD DE CONTINUAR ACCIÓN PENAL - / OPORTUNIDAD - / CAUSAL INVOCADA - / INEXISTENCIA DEL HECHO INVESTIGADO - / SUCESO INVESTIGADO NO ACONTECIÓ - / REQUISITOS - / TESIS: El parágrafo único del artículo 332 CPP, es del siguiente tenor: “Durante el juzgamiento, de sobrevenir las causales contempladas en los numerales 1º y 3º [imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal, e inexistencia del hecho investigado], el fiscal, el Ministerio Público o la defensa, podrán solicitar al juez de conocimiento la preclusión” … Así que, al menos desde un punto de vista formal, el aquí recurrente tenía la facultad de pedir la preclusión por las causales mencionadas, en atención al momento procesal en el que se encuentra la actuación -período de juzgamiento-, como quiera que ya se iba a dar inicio a la audiencia de juicio oral. TESIS: … cuando el numeral 1º del artículo 332 C.P.P. prescribe que la preclusión de la investigación es susceptible de declararse ante la imposibilidad de iniciar o continuar con el ejercicio de la acción penal, como con acierto lo indicó el funcionario de primer nivel, hace referencia precisamente a la consolidación de aquellos fenómenos jurídicos objetivos que inhiben la potestad punitiva del Estado TESIS: Ya en relación con la causal contemplada en el numeral 3º del artículo 332 C.P.P., la misma se configura cuando: “a partir de la evidencia física o elementos probatorios o la información legalmente recogi