- Decisión
- REVOCA
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- ESTIPULACIONES PROBATORIAS - / USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO - / USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO - / ATIPICIDAD - / ESTIPULACIONES PROBATORIAS - Deben manifestarse en términos claros y precisos, que permitan establecer cuál supuesto fáctico del tema de prueba será sustraído del debate / TESIS: Sin soslayar, con la jurisprudencia, que las “estipulaciones probatorias” son actos procesales bilaterales de las partes, que deben versar sobre los supuestos fácticos de la acusación y de la hipótesis de descargo propuesta por la defensa, es decir, el tema de prueba, por lo cual podrán referirse i) a los hechos jurídicamente relevantes, ii) a los hechos indicadores, y, iii) a los referentes fácticos de la autenticación de las evidencias físicas o documentos (CSJ SP, 5 jul. 2017, rad. 44932)3, implicando ellas la renuncia a presentar pruebas para demostrar un hecho importante para la fiscalía o la defensa, y siendo esa la razón por la cual deben manifestarse en términos claros y precisos, que permitan establecer cuál supuesto fáctico del tema de prueba será sustraído del debate; para la Sala, en este asunto, el convenio por aquellas estipulaciones4 es legal. Y como las estipulaciones acordadas por “las partes” aquí reflejan precisión clara y concreta (i) De la identidad del acusado; (ii). De las circunstancias de su captura; (iii) De la incautación de la licencia de tránsito N° 00000000000 exhibida, y (iv) De dar por cierto y probado que aquella licencia de conducción es falsa; a la Sal