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- CONTRATO DE MUTUO COMERCIAL - / TESIS: De ese elenco normativo ha puntualizado la Corte Suprema de Justicia, que anulado el negocio jurídico, las partes no tienen derecho a las restituciones recíprocas, cuando el defecto negocial emana de un objeto o causa ilícita que ellas conocieron, porque la limitación del citado precepto 1525 es de un gran contenido ético, fundado en el principio que impide sacar provecho o repetición de la propia torpeza o conducta culpable. Ha de reiterarse esta regla moral universal de las obligaciones, que desde los romanos enseña: nemo creditur turpitudinem suam allegans, que para algunos significa: la justicia cierra los ojos y niega su protección cuando ante ella se alega la propia torpeza o culpa. Titulación Tema Descargar