- Decisión
- ST2-0326-2024
- Descriptores
- DERECHO DE PETICIÓN - / RELIQUIDACIÓN PENSIONAL - / MAGISTERIO - / INMEDIATEZ - / RECONOCIMIENTOS PENSIONALES - / FOMAG - / TÉRMINO ESPECIAL - / TESIS: … el problema jurídico consiste en determinar si el amparo resulta procedente para resolver la controversia planteada o si como lo definió la primera sede, se incumple el requisito de la inmediatez… la Sala, para decirlo de una vez, no comparte lo considerado sobre el particular en el fallo primera instancia. En efecto, a pesar de que en esa providencia, según se recuerda, no se halló superado tal requisito tomando en cuenta el amplio plazo que tardó la actora para acudir a la tutela, a partir del momento en que venció el término de quince días para resolver la reclamación, en aplicación de los lapsos fijados en la Sentencia T-180 de 2015, estima la instancia que le asiste razón a la parte recurrente al señalar que para el caso no es posible aplicar esos términos, porque los mismos se han establecido de forma general, mientras que aquí se trata de un prestación del magisterio para lo cual existe en el ordenamiento jurídico una norma especial que lo regula. TESIS: … artículo 2.4.4.2.3.2.4. del Decreto 1075 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación…, en lo relacionado con el reglamento del reconocimiento y pago de Prestaciones Económicas a cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio prescribe: “… Las solicitudes correspondientes a reconocimientos pensionales qu