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- DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO - / DEFINICIÓN - / CALIFICACIÓN PCL - / PROCEDENCIA TUTELA - / PATOLOGÍAS PROGRESIVAS - / EJERCICIO ACCIÓN DE TUTELA - / SOLICITUD PREVIA A LA ENTIDAD OBLIGADA - / TESIS: … la Sala debe analizar en principio si se está en presencia de una vulneración del derecho al debido proceso administrativo, el que acorde con lo referido por la jurisprudencia constitucional y a voces del canon 29 Superior: “[…] se entiende como “la oportunidad reconocida a toda persona, en el ámbito de cualquier proceso o actuación judicial o administrativa, de ser oída, hacer valer las propias razones y argumentos, de controvertir, contradecir y objetar las pruebas en contra y de solicitar la práctica y evaluación de las que se estiman favorables”. TESIS: En cuanto a la calificación de la disminución de capacidad de trabajo, la Corte Constitucional la ha considerado: ”como un derecho que tiene toda persona, el cual cobra gran importancia al constituir el medio para acceder a la garantía y protección de otros derechos fundamentales como la salud, la seguridad social y el mínimo vital, en la medida que permite establecer a qué tipo de prestaciones tiene derecho quien es afectado por una enfermedad o accidente, producido con ocasión o como consecuencia de la actividad laboral, o por causas de origen común”. Dicha garantía, para este Tribunal, se extiende a la posibilidad de volver a calificar la PCL en los eventos de patologías de carácter progresivo, según lo prevé el inciso s