- Decisión
- REVOCA SENTENCIA
- Descriptores
- SEGURIDAD SOCIAL - / PAGO INCAPACIDADES - / PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD - / OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL - / IDONEIDAD Y EFICACIA - / ELEMENTOS ESENCIALES - / TESIS: … la señora Luz Piedrahita concurrió ante el juez constitucional, por medio de apoderada judicial, con el fin de lograr la protección de los derechos fundamentales que estimó quebrantados por Colpensiones, en atención a que declaró improcedente el pago del retroactivo que se pretendía ante el reconocimiento de la pensión de invalidez por ella reclamada. para abordar el problema jurídico, es necesario observar el requisito de subsidiariedad. De entrada, advierte la Colegiatura que la protección invocada no resulta procedente por cuanto es claro que existe la vía ordinaria para dirimir conflictos como el planteado, el cual corresponde a la censura de una decisión adoptada en sede administrativa por Colpensiones al definir el reconocimiento a la pensión de invalidez de la señora Luz Piedrahita y negó lo concerniente al retroactivo pensional porque no validó la certificación que allegó la interesada. TESIS: … para declarar la procedencia de la acción de tutela se debe estudiar en primera medida si el otro medio de defensa judicial no es idóneo y eficaz; pero, además, si concurren los elementos de un perjuicio irremediable que se identifican así: (i) ser cierto; (ii) ser inminente; y (iii) ser urgente a efectos de evitar la consumación del daño. En cuanto a la posible ineficacia del otro medio de defensa, la parte a