- Decisión
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- DERECHO A LA SALUD - / CARÁCTER FUNDAMENTAL - / SUSTENTO JURISPRUDENCIAL Y LEGAL - / ATENCIÓN EN SALUD - / PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD - / FUNDAMENTOS - / TESIS: El derecho a la Salud, elevado a rango fundamental en virtud de la Ley 1751 de 2015, además de los reiterados pronunciamientos de la Corte Constitucional, demanda una serie de garantías indispensables e inherentes a la vida del ser humano… La Corte reconoció a partir de la Sentencia T-760 de 2008, el derecho a la salud como fundamental autónomo. Menester citarla, por cuanto desde entonces la jurisprudencia ha sido consistente y uniforme al señalar, que la exigibilidad de este derecho por vía de tutela no requiere demostrar la conexidad con otro derecho fundamental… Ello quiere decir que procede el amparo en sede de tutela cuando resulta imperioso velar por los intereses de cualquier persona que así lo requiera. TESIS: … la Corte Constitucional ha precisado que existe una estrecha relación de “especial sujeción” entre el Estado y las personas que se encuentran privadas de la libertad… la Corte Constitucional ha precisado que existe una estrecha relación de “especial sujeción” entre el Estado y las personas que se encuentran privados de la libertad… Lo anterior destaca que el derecho a la salud no puede ser suspendido ni restringido como consecuencia de la privación de la libertad del accionante, en razón a que el recluso no puede por sí mismo afiliarse al Sistema General de Seguridad Social, ya sea en el régimen