- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- LEASING HABITACIONAL - / TESIS: Tampoco es acertado el argumento del apelante consistente en que el juez de primera instancia omitió decretar pruebas de oficio para aclarar la identidad del predio, porque la facultad-deber que tiene el juez de acuerdo con los artículos 179 y 180 del Código de Procedimiento Civil, dicho deber no es para modificar los hechos y pretensiones de la demanda sino para verificar "los hechos relacionados con las alegaciones de las partes", de ahí que la Corte Suprema de Justicia ha dicho que esa facultad "…no es un mandato absoluto que se le imponga fatalmente al sentenciador, puesto que él goza de una discreta autonomía en la instrucción del proceso, circunstancia por la que no siempre que se abstenga de utilizar tal prerrogativa equivale a la comisión de su parte de un yerro de derecho. Además, no puede perderse de vista que hay casos en los cuales la actitud pasiva u omisiva del litigante que tiene la carga de demostrar determinada circunstancia fáctica, es la generadora del fracaso, bien de las pretensiones ora de sus defensas, por haber menospreciado su compromiso en el interior de la tramitación y en las oportunidades previstas por el legislador"2. Era carga del demandante delimitar claramente las pretensiones y los hechos de la demanda. Titulación Tema Descargar