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- PRESCRIPCIÓN ACCIÓN PENAL - / TÉRMINOS - / IMPUTACIÓN DE CARGOS - / TÉRMINO - / PARÁGRAFO ART. 175 CPP - / INCUMPLIMIENTO NO GENERA PRESCRIPCIÓN - / TESIS: … en este caso, amén de la postura defensiva, se tiene que el mismo considera se desconocieron los plazos a que alude el canon 175 C.P.P., por lo cual, para el momento de la imputación de cargos a su defendido, ya se había generado el fenómeno prescriptivo… la referida normativa, modificada por el artículo 49 de la Ley 1453/11, relativa a la duración de los procedimientos establece: “El término de que dispone la Fiscalía para formular la acusación o solicitar la preclusión no podrá exceder de noventa (90) días contados desde el día siguiente a la formulación de la imputación, salvo lo previsto en el artículo 294 de este código. (…) Parágrafo 1o. La Fiscalía tendrá un término máximo de dos años contados a partir de la recepción de la noticia criminis para formular imputación u ordenar motivadamente el archivo de la indagación. Este término máximo será de tres años cuando se presente concurso de delitos…” TESIS: Para la defensa, como quiera que la denuncia que se interpuso contra el ciudadano JDOV, lo fue en marzo 7 de 2012, los dos años con los que contaba el órgano persecutor para imputar cargos o disponer el archivo de la actuación vencieron en marzo 7 de 2014, de ahí que, en su sentir, prescribió la oportunidad para que le imputaran cargos... tal postura para la Sala, como también lo consideró el funcionario de primer ni