- Decisión
- NIEGA RECURSO DE APELACIÓN
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- ALLANAMIENTO A CARGOS - / RECURSO DE APELACIÓN - Se niega el recurso de apelación por cuando los argumentos presentados por el recurrente fueron deficientes, en la medida en que no se controvierte las razones empleadas para desaprobar el allanamiento a cargos / TESIS: El a quo no aprobó el allanamiento a cargos porque el fiscal, en la formulación fáctica de la imputación, soslayó comunicarle a la señora VV que la acción que le atribuyó, de llevar consigo sustancia estupefaciente, tenía como fin su distribución o tráfico dentro del establecimiento carcelario en el que fue sorprendida; agregando que el ánimo de comercialización es un elemento subjetivo del tipo penal distinto del dolo, de origen jurisprudencial, que hace parte de los hechos jurídicamente relevantes, por lo que su omisión sitúa la conducta endilgada en el terreno de una eventual atipicidad, que sería lo que en últimas estaría aceptando la procesada.(…) Del recuento de los motivos de disenso que en concreto esbozó el opugnante, es evidente que ninguno controvierte la razón clara y precisa de la decisión atacada, pues, ni siquiera hacen alusión a ella, mucho menos cuestionan por qué, el hecho de que, en la imputación fáctica endilgada a la señora EVV se hubiere omitido comunicarle que la sustancia estupefaciente que llevaba consigo tenía como finalidad su distribución o tráfico, constituía un fundamento suficiente para no aprobar el allanamiento a cargos realizado por la encartada. Lo cierto es que el fiscal obvió