- Decisión
- CONFIRMA AUTO
- Descriptores
- CORRECCIÓN DE LA SENTENCIA - La corrección realizada no altera el sentido de la sentencia condenatoria, más allá de enmendar una omisión sustancial evidenciada, que impedía su cumplimiento, siendo además procedente e inaplazable, con el fin de remediar la irregularidad que vulnera el restablecimiento del derecho de la víctima / CORRECCIÓN DE LA SENTENCIA PARA INCLUIR NÚMERO DE MATRICULA INMOBILIARIA - Se incluyó de número de matricula inmobiliaria que no fue mencionado en la sentencia pero que obraba en pruebas incorporadas en audiencia de juicio oral / TESIS: Ahora bien, aunque el número de la matricula inmobiliaria no fue mencionado en la sentencia cuya parte resolutiva se corrige, se tiene que, como lo menciona el juez al resolver el recurso de reposición, dicho dato estaba contenido en la Escritura Pública No. 2022 del 26 de agosto de 2009, extendida por la Notaría 2ª del Círculo de Popayán, incorporada como prueba en la audiencia de juicio oral, motivo por el cual era conocido por todos los sujetos procesales. Considera la Sala que el hecho de que el numero de la matricula no estuviera incluido en la parte resolutiva de la sentencia, sería relevante si la corrección se hiciera por cambio o alteración de palabras, eventos en que la procedencia de la figura estaría supeditada a esa condición, pero no así tratándose de la omisión de palabras, pues precisamente lo que se omite es lo que no está, es lo olvidado. Frente a la hipótesis de la omisión de palabras lo que importa n