- Decisión
- REVOCA SENTENCIA
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- DOCUMENTOS DE CONTENIDO REPRESENTATIVO - / DOCUMENTOS DE CONTENIDO DECLARATIVO - / INASISTENCIA ALIMENTARIA - / INASISTENCIA ALIMENTARIA - Elementos de tipo objetivo / TESIS: El delito de inasistencia alimentaria tiene como elementos del tipo objetivo los siguientes: (i) la existencia de un vínculo familiar entre el sujeto activo y el sujeto pasivo; (ii) la sustracción de la obligación pactada; y, (iii) la inexistencia de una causa justa para tal situación1. Frente a ese último punto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha dicho que pueden presentarse circunstancias o situaciones que no le permitirían al sujeto activo cumplir con las obligaciones que emanan de su responsabilidad con el alimentado. En decisión SP1984, Rad. 47107, explicó: «Esa justificación, valga precisar, no puede ser de cualquier índole, sino que ha de ser constitucional y legalmente admisible, tanto más cuanto si el afectado es un menor de edad, cuyos derechos fundamentales se reputan prevalentes (art. 44 de la Constitución), dando lugar al principio de interés superior del menor (art. 9º Ley 1098 de 2006). Frente al examen sobre el carácter justo o injusto de la infracción al deber de asistencia alimentaria, resulta fundamental la determinación de las posibilidades fácticas y jurídicas del obligado para suministrar alimentos. Sobre el particular, la Sala, siguiendo la jurisprudencia constitucional (C-237/97), ha precisado que el deber de asistencia alimentaria se establece sobre dos