- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- SUBROGADO DE RECLUSIÓN DOMICILIARIA U HOSPITALARIA POR ENFERMEDAD MUY GRAVE - Se niega porque el dictamen dio como resultado que las afecciones a la salud pueden ser analizadas y atendidas por el mismo centro de reclusión / DETERIORO DE LA CONDICIÓN DE SALUD - En caso de que sobreviniera un deterioro en la condición de salud deberá mediar un nuevo dictamen pericial que podrá ser solicitado ante el juez de ejecución de penas competente. / TESIS: Así pues, el reconocimiento del mecanismo sustitutivo de la reclusión domiciliaria por enfermedad muy grave tiene como requisito primordial el examen médico legista emitido por un especialista, donde se determine si las condiciones de salud del procesado son incompatibles con la vida en reclusión, atendiendo la imposibilidad de atender las patologías o anomalías que éste presente dentro de algún establecimiento penitenciario y carcelario, por su nivel de gravedad.(…) El a quo valoró el examen pericial emitido por la médica forense VST, quien dictaminó que HR cuenta con un grupo de afecciones a su salud, que pueden ser analizadas y atendidas por el mismo centro de reclusión, pues no refieren a una situación de gravedad que limite el cumplimiento de la sanción que se le impuso a través de la reclusión intramural. El argumento que presentó la defensa no encuentra cabida en esta instancia, pues la valoración que se tomó como base para definir la situación de su defendido fue concluyente en afirmar que éste no padecía una condición médica q