- Decisión
- REVOCA SENTENCIA
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- VÍCTIMAS CONFLICTO ARMADO - / DERECHO A LA REPARACIÓN INTEGRAL - / FUNDAMENTAL - / INDEMNIZACIÓN ADMINISTRATIVA - / CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN - / FASES - / SUJETOS DE ESPECIAL PROTECCIÓN - / POBLACIÓN DESPLAZADA - / COMUNIDADES NEGRAS - / TESIS: Está decantado por la Corte Constitucional, que el derecho a la reparación integral que se predica de las víctimas, goza de alcance fundamental, y ello por su estrecha relación con otros derechos de la misma estirpe como lo son la dignidad humana, la igualdad y el acceso a la justicia. Al respecto refirió la Alta Corte en sentencia T-083 de 2017: Dentro del catálogo de derechos de las víctimas, la reparación integral es una garantía que ha sido constantemente abordada por la Corte en su jurisprudencia. Por ello, ha reconocido que se trata de un derecho fundamental en atención a que “1) busca restablecer la dignidad de las víctimas a quienes se les han vulnerado sus derechos constitucionales; y 2) por tratarse de un derecho complejo que se interrelaciona con la verdad y la justicia, que se traduce en pretensiones concretas de restitución, indemnización, rehabilitación, medidas de satisfacción y no repetición”. TESIS: El Decreto… 4800 de 2011, por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011…, desarrolló en su capítulo III el derecho a indemnización administrativa, de acuerdo con lo siguiente: “Artículo 151. Procedimiento para la solicitud de indemnización. Las personas que hayan sido inscritas en el Registro Único de Víctimas podrán solic