- Decisión
- CONFIRMA SENTENCIA
- Descriptores
- DEBIDO PROCESO - / PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD - / PROCEDENCIA TUTELA - / REQUISITOS - / INMOVILIZACIÓN VEHÍCULOS - / GASTOS PARQUEADERO - / LOS ASUME AUTORIDAD JUDICIAL - / TESIS: … la subsidiariedad de la acción de tutela implica que solo procede cuando el afectado no dispone de otro medio de defensa judicial para pedir la protección de algún derecho fundamental que se esté vulnerando, o en caso de existir otro mecanismo, el mismo no sea el idóneo o eficaz para garantizar la protección de los derechos, o porque se utiliza como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. Sobre el particular, en la sentencia T-043/18 la H. Corte Constitucional plasmó lo siguiente: “… procede el amparo como i) mecanismo definitivo, cuando el actor no cuenta con un mecanismo ordinario de protección o el dispuesto por la ley para resolver las controversias, no es idóneo y eficaz, conforme a las especiales circunstancias del caso que se estudia; ii) Procede la tutela como mecanismo transitorio: ante la existencia de un medio judicial que no impide la ocurrencia de un perjuicio irremediable, conforme a la especial situación del peticionario. Además, iii) Cuando la acción de tutela es promovida por personas que requieren especial protección constitucional…” TESIS: … las disposiciones legales sobre la materia, de las cuales se puede concluir que la Fiscalía General de la Nación está autorizada para decretar medidas cautelares que garanticen a futuro la indemnización a una víctima de