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- DERECHO DE PETICIÓN - / REQUISITOS - / CUADRO FÁCTICO - / FINALIDAD DEL DERECHO DE PETICIÓN - / HACER UNA SOLICITUD Y OBTENER RESPUESTA - / TESIS: El juzgado de primera instancia tuteló el derecho fundamental de petición y ordenó a las entidades accionadas… brindar una respuesta de fondo a la interesada, empero, ambas entidades impugnaron la decisión: la Fiduprevisora S.A. insiste en que la responsabilidad para atender la solicitud de la interesada es de la entidad territorial, en tanto que, esta última se excusó porque, a su dicho, cumplió el deber de remitir ante el Fomag lo pertinente para su estudio y validación… El derecho de petición brinda la posibilidad de dirigirse a las autoridades públicas en interés particular para obtener una respuesta dentro del término legalmente establecido. Esa garantía se puede calificar como satisfecha o respetada, cuando la autoridad o persona que atiende el servicio público y a quien se eleva la solicitud, tramita y resuelve oportunamente sobre ella, independientemente de que la contestación sea negativa o positiva frente al interés planteado, aunque se exige que el asunto propuesto debe ser adecuadamente abordado en la decisión. TESIS: En cuanto a la finalidad del derecho de petición, la Corte Constitucional en sentencia T-206/18 sostuvo: “El derecho de petición, según la jurisprudencia constitucional, tiene una finalidad doble: por un lado, permite que los interesados eleven peticiones respetuosas a las autoridades y, por otro, garantiz